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Cuando la solución
elige su propio factor

Dos riesgos de construir la cadena de resultados a partir de una intervención ya decidida: no comparar ese factor contra los demás candidatos, y no exigirle el mismo rigor de evidencia que le exigirías si todavía no supieras qué ibas a hacer.

Modelo explicativo Directiva N.º 0001-2026-EF/50.01, Art. 11 Juan Pablo Silva · PUCP

Partir de los factores, o partir de la solución

La cadena de resultados vincula la condición de interés con la intervención a través de una secuencia de factores causales. El Art. 11 de la Directiva exige que el modelo explicativo se construya "de forma jerarquizada y según la mejor evidencia disponible" — son dos exigencias distintas, no una sola. Partir de una intervención ya decidida rompe las dos, por caminos distintos.

Riesgo 1
No jerarquizas
Eliges el factor que tu intervención ya resuelve y nunca lo comparas contra los demás factores plausibles. Puede ser un factor real, con evidencia genuina, y aun así no ser el principal — simplemente nunca lo pusiste a competir con las otras explicaciones.
Riesgo 2
Analizas menos
Si el objetivo real es justificar la solución, no necesitas el análisis más riguroso del factor — necesitas uno que alcance. Eso deja el análisis en una mirada de insumos (cuánto se compró, cuánto se instaló) en vez de examinar el mecanismo completo, incluida la evidencia que podría contradecirlo.

El modelo explicativo representa, de forma jerarquizada y según la mejor evidencia disponible, los factores causales que inciden en la condición de interés.

— Directiva N.º 0001-2026-EF/50.01, Art. 11 (paráfrasis de su objeto)
Partir de los factores
Condición de interés ↓
Factores causales, comparados y jerarquizados por evidencia (Anexo I) ↓
Modelo prescriptivo: qué factor se puede y conviene intervenir ↓
Intervención
Partir de la solución
Intervención ya decidida
↑ se elige el factor que esa intervención resuelve Riesgo 1 — sin comparar con otros
↑ se busca un argumento que alcance, no el más riguroso Riesgo 2 — se deja de buscar evidencia contraria
↑ Condición de interés (pretexto, no punto de partida)
La prueba — dos preguntas, una por riesgo ¿Comparé este factor contra los demás factores plausibles, o lo elegí porque ya tenía una intervención lista para él? (Riesgo 1) — ¿Busqué evidencia que pudiera contradecir este factor, o me detuve en el primer argumento que lo sostenía? (Riesgo 2)

Por qué es difícil de detectar: la cadena construida desde la solución puede tener eslabones reales y hasta con fuente — el problema no es que sean falsos, es que fueron elegidos porque llevan a la solución, no porque el análisis de evidencia los haya priorizado, ni analizados con el mismo rigor que exigirías sin una respuesta ya decidida. Es la misma familia de error que "condición ≠ solución encubierta" (sección 02 de La condición de interés), aplicada ahora a los factores de la cadena, no solo al punto de partida.

Una pista, no un veredicto

Dos cadenas sobre el mismo problema — el aumento de la extorsión en el Perú. Clasifica cada una antes de leer la explicación; en la sección 03 se profundiza con las normas y cifras oficiales.

Cadena A

Amenazas y cobros de cupo coordinados por llamadas y redes sociales, en buena parte desde el interior de los penales → las víctimas pagan sin que medie contacto físico ni presencia en la calle → persiste el aumento de la extorsión. Cadena A
Falta presencia visible de las Fuerzas Armadas y la Policía en las calles → el crimen organizado actúa con libertad en el espacio público → persiste el aumento de la extorsión. Cadena B

Ninguna de las dos es inventada — el crimen organizado sí ocupa el espacio público para otros delitos. La diferencia: la Cadena B es la respuesta que ya estaba disponible para el Estado (movilizar tropas) y la más visible, no necesariamente la que atacaba el mecanismo dominante. Según el Ministerio Público (Observatorio de Criminalidad), las denuncias por extorsión pasaron de 11,000 en 2022 a 27,500 en 2025, y ya suman 12,634 en el primer semestre de 2026 — una escalada que no se revirtió durante los mismos años en que se declararon y ampliaron sucesivos estados de emergencia con apoyo de las FF.AA. (ver Caso 2).

Este ejercicio es puramente ilustrativo: sirve para poner a prueba una primera intuición sobre qué se construyó primero, no es un análisis causal de la extorsión ni sugiere que una de las dos cadenas sea la política que falta. Un modelo explicativo real exige comparar muchos más factores, con literatura y evidencia propia de cada uno — eso es lo que hace el Caso 2, más abajo.

De la lectura de una cadena al análisis comparado de varias

El primer caso muestra el vicio en una sola cadena. El segundo lo escala: varias medidas reales, cada una con su propia norma, aplicadas al mismo problema — y el ejercicio de identificar qué eslabón ataca cada una.

Caso 1 · Anemia y desnutrición infantil

El mismo caso trabajado en el triángulo estratégico y en la condición de interés.

"[...] Los productos lácteos y sus derivados son una fuente importante y una vía para poder reducir esa anemia infantil."

— RPP, sección Vital, 6 de junio de 2024 ("¿Cuál es el papel de la leche y sus derivados en la lucha contra la anemia infantil?"). Nota de salud y estilo de vida, no especializada en salud pública.

Esta misma lógica —dar leche para combatir la anemia— sostiene desde 1985 una de las políticas sociales más grandes y duraderas del Perú: el Programa del Vaso de Leche (Ley N.º 24059), vigente en todas las municipalidades del país.

Riesgo 1

El marco conceptual de UNICEF (1990, actualizado 2020) y el propio Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia del Perú (D.S. N.º 068-2018-PCM, MIDIS/MINSA) reconocen la alimentación inadecuada y las enfermedades infecciosas (diarreicas, respiratorias) como causas inmediatas que interactúan en un círculo vicioso: la enfermedad reduce el apetito y la absorción de nutrientes, y la mala nutrición aumenta la vulnerabilidad a enfermar. Tratar solo la alimentación como el factor, sin compararla frente a las enfermedades y el acceso a agua segura, deja fuera algo que la propia norma peruana ya reconoce como relevante. El Vaso de Leche es el vicio en estado puro: su presupuesto se mantiene congelado en S/ 363 millones anuales desde 2005 —según un estudio del Banco Mundial— en parte por falta de evidencia que mida sus impactos. Cuatro décadas sosteniendo la misma solución, sin la comparación rigurosa que el Art. 11 exige entre ella y otros factores.

Riesgo 2

Incluso cuando sí se interviene sobre la alimentación, "combatir la mala alimentación" —o repartir leche, en el caso del programa— es una etiqueta demasiado amplia para ser un factor del modelo explicativo. No distingue si el problema es la cantidad, la calidad (hierro específicamente) o el acceso, ni para qué población específica. La Contraloría y la Defensoría del Pueblo han documentado filtración y ejecución deficiente en el Vaso de Leche (informe de la Defensoría, agosto de 2024; nueve municipalidades de Lima observadas por la Contraloría en 2025 por no ejecutar su presupuesto) — consistente con una intervención diseñada por insumo (litros repartidos), no por el mecanismo nutricional específico ni por quién realmente lo necesita.

Caso 2 · Extorsión y sicariato en el Perú (2025-2026)

Un caso con cuatro intervenciones reales, cada una respaldada por su propia norma vigente, frente al mismo problema declarado: el incremento del accionar criminal (homicidio, sicariato, extorsión). El primer indicio del vicio no está en ninguna medida en particular — está en que sean cuatro normas separadas, cada una con su propio eslabón y su propia justificación, sin evidencia pública de que se hayan comparado entre sí antes de decidirse.

Nota de neutralidad

Este caso no evalúa la gestión de ningún gobierno, autoridad o candidato, ni toma posición sobre si alguna medida es correcta o incorrecta en sí misma. Usa únicamente normas oficiales vigentes y cifras de fuentes públicas, para practicar una destreza técnica: identificar el eslabón causal que una norma declara atacar y contrastarlo con la evidencia disponible sobre dónde se concentra el problema.

Riesgo 1

Cada norma es internamente coherente — declara con claridad qué eslabón ataca (compruébalo en el clasificador y la tabla de abajo). Pero cuatro respuestas paralelas, decididas y anunciadas por separado a medida que el problema empeoraba, son en sí mismas una señal de que falta un modelo explicativo único que compare los mecanismos entre sí y jerarquice dónde concentrar el esfuerzo — no hay una estrategia integral frente a la extorsión, hay piezas sueltas. Verificamos el texto oficial de la norma más reciente y completa (D.S. N.º 123-2026-PCM): cita como base legal el D.L. N.º 1186, el D.L. N.º 1095, el D.L. N.º 1350, el D.S. N.º 002-2023-MIMP y el sistema de recompensas (D.S. N.º 011-2016-PCM y 097-2025-PCM) — pero no cita el D.S. N.º 046-2025-PCM (motos), ninguna resolución de OSIPTEL, ni el Plan de Modernización del Equipamiento Policial. Tampoco desarrolla un modelo explicativo: su fundamento es solo "perturbación del orden interno" por homicidio, sicariato y extorsión, sin comparar mecanismos.

¿A qué eslabón apunta cada medida?

Antes de ver la tabla completa: elige el eslabón que cada norma declara atacar, según su propio texto.

"Restringe la circulación de motocicletas a una sola persona, sin acompañante, y prohíbe elementos que oculten el rostro del conductor."
"La Policía Nacional mantiene el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas en zonas estratégicas determinadas por mapas del delito e inteligencia."
"Las operadoras deben implementar monitoreo permanente por geolocalización y cortar el servicio a los equipos que operen sin autorización dentro de un establecimiento penitenciario."

El cuadro completo, con la norma de cada medida:

MedidaNorma / fuente oficialEslabón que declara atacar
Prohibición de circular 2 personas en moto lineal (Lima y Callao) D.S. N.º 046-2025-PCM (17-abr-2025) Modalidad de ataque y huida de sicarios en moto
Estados de emergencia sucesivos con apoyo de las FF.AA. en control territorial D.S. N.º 027-2026-PCM (27-feb-2026); D.S. N.º 123-2026-PCM (28-ago-2026) Control del orden interno en el espacio público
Cámaras de videovigilancia con IA (S/ 9,200 millones, interconectadas al Centro 105) Plan de Modernización del Equipamiento Policial 2025-2030 (MININTER/PNP) Vigilancia y capacidad de respuesta en el espacio público
Bloqueo geolocalizado de líneas móviles activas en penales Resolución N.º 000139-2025-CD/OSIPTEL (31-dic-2025) Coordinación de extorsiones desde el interior de los penales
Corolario del Riesgo 1 — la pregunta de proporción Como se vio en el ejercicio introductorio, las denuncias por extorsión (Ministerio Público — Observatorio de Criminalidad) pasaron de 11,000 en 2022 a 27,500 en 2025, sin revertirse durante los estados de emergencia con FF.AA. ya vigentes. Según el propio INPE, solo 30 de 69 penales cuentan con bloqueadores de señal — ninguno en Challapalca, el de máxima seguridad, y los que funcionan datan de tecnología 2G/3G. Si buena parte de la coordinación extorsiva pasa por los penales, ¿la inversión y la visibilidad de cada medida son proporcionales a ese eslabón, o se concentran donde la intervención es más vistosa? Sin un modelo que compare los cuatro mecanismos, no hay forma de responder esto con rigor — solo con intuición.
Riesgo 2

La justificación pública de una medida rara vez precisa el mecanismo exacto que ataca. "Las cámaras reducen el crimen" es un argumento genérico que alcanza para aprobar una compra, pero no distingue si reduce el hurto callejero (que sí ocurre a la vista de una cámara) o la extorsión telefónica coordinada desde un penal (que no). Cuando el argumento que sostiene una medida serviría igual de bien para cualquier delito, es señal de que el análisis se detuvo en el primer argumento que alcanzaba, no en el que correspondía al mecanismo específico declarado — el mismo problema que la trampa "el paraguas único" (sección 04): tratar mecanismos distintos como si fueran un solo problema es más fácil cuando el análisis ya es superficial.

Cómo se disfraza el vicio

Formas concretas en las que una cadena construida desde la solución logra parecer construida desde los factores. Ninguna de estas ayudas es una garantía por sí sola — son señales de alerta, no una lista de cotejo cerrada.

La causa a la medida

Se elige, entre varios factores causales posibles, el único que la intervención ya elegida puede resolver — y se presenta como si fuera el factor prioritario. Ayuda: prioriza los factores por evidencia y magnitud (Anexo I) y compáralos explícitamente entre sí — no basta con que tu factor tenga evidencia, tiene que ganarle a los demás candidatos.

El eslabón que nadie nombra

El mecanismo que la evidencia señala como más relevante queda fuera de la cadena, sin explicación, porque ninguna intervención en curso lo ataca. Ayuda: lista todos los factores relevantes encontrados en la literatura, no solo los cómodos, y explica por qué descartaste los que no desarrollaste.

El paraguas único

Tratar mecanismos distintos (p. ej. sicariato callejero y extorsión telefónica) como si fueran "el mismo problema", lo que permite que una intervención dirigida a uno se presente como respuesta a ambos. Ayuda: un modelo explicativo por mecanismo, no una sola cadena genérica para todo el fenómeno — si dos problemas comparten intervención pero no mecanismo, necesitan análisis causales separados.

La visibilidad como sustituto de evidencia

Una medida vistosa (o costosa) se defiende por su despliegue, no porque la evidencia muestre que interrumpe el eslabón dominante. Ayuda: pregúntate si el argumento que sostiene la medida es específico al mecanismo que declara atacar, o serviría igual para cualquier otro problema.

El eslabón sin fuente

Una flecha del diagrama ("X reduce Y") que nadie sustenta con literatura ni dato, sostenida solo porque conecta bien con la solución. Ayuda: cada eslabón declara su categoría de evidencia (Anexo I) o se marca "basado en razonamiento" — y se busca explícitamente evidencia que lo contradiga, no solo la que lo confirma.

Antes de entregar

Aplícalo a la cadena de resultados de tu propio programa presupuestal. Se guarda en este navegador.

0%

Riesgo 1 — jerarquización

Riesgo 2 — rigor de evidencia

Fuentes (transversal)

Este autochequeo aplica el Art. 11 de la Directiva N.º 0001-2026-EF/50.01 (modelo explicativo) a la construcción de la cadena de resultados. No es una lista de cotejo de calificación.

Fuentes de este recurso

Normas y política de sustento

Ministerio de Economía y Finanzas (2026). Directiva N.º 0001-2026-EF/50.01, Art. 11 (modelo explicativo). Diario Oficial El Peruano, 8 de junio de 2026.
Presidencia del Consejo de Ministros (2025). Decreto Supremo N.º 046-2025-PCM. El Peruano, 17 de abril de 2025.
Presidencia del Consejo de Ministros (2026). Decreto Supremo N.º 027-2026-PCM (27 de febrero) y N.º 123-2026-PCM (28 de agosto). El Peruano. busquedas.elperuano.pe
Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones — OSIPTEL (2025). Resolución N.º 000139-2025-CD/OSIPTEL, 31 de diciembre de 2025. gob.pe/osiptel
Ministerio Público — Observatorio de Criminalidad (2022-2026). Denuncias registradas por extorsión: 11,000 (2022), 27,500 (2025), 12,634 en el primer semestre de 2026. Cifras de conocimiento público a partir de los reportes del Observatorio; verificar la serie completa en gob.pe/ministeriopublico antes de citarla como dato cerrado.
Instituto Nacional Penitenciario — INPE. Declaración pública del jefe institucional sobre cobertura de bloqueadores de señal (30 de 69 penales), 28 de octubre de 2025, y Comunicado 10-2025 sobre el sistema de bloqueo contratado. Cifra reportada a partir de declaración oficial, no de un boletín publicado por el INPE; verificar directamente en gob.pe/inpe antes de citarla como dato cerrado.
RPP (2024). "¿Cuál es el papel de la leche y sus derivados en la lucha contra la anemia infantil?", sección Vital, 6 de junio de 2024. Citado como ejemplo de encuadre periodístico no especializado, no como fuente técnica.
UNICEF (1990, actualizado 2020). Marco conceptual de la desnutrición materno-infantil (causas inmediatas, subyacentes y básicas). unicef.org
Congreso de la República (1985). Ley N.º 24059, crea el Programa del Vaso de Leche.
Banco Mundial. Estudio sobre asignación presupuestal del Programa del Vaso de Leche — presupuesto congelado en S/ 363 millones anuales desde 2005, atribuido en parte a la falta de evidencia de impacto.
Defensoría del Pueblo (2024). Informe de análisis y evaluación de la gestión y ejecución del Programa del Vaso de Leche, 29 de agosto de 2024.
Contraloría General de la República (2025). Observación a nueve municipalidades de Lima por no ejecutar su presupuesto del Vaso de Leche.
Presidencia del Consejo de Ministros (2018). Decreto Supremo N.º 068-2018-PCM, Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia (MIDIS/MINSA).
Silva Macher, J. P. (2026). Recursos «El triángulo estratégico» y «La condición de interés», Taller PpR.